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¿En qué consiste la tarifa plana de autónomos?

Antes de entrar en materia para ver en qué consiste la tarifa plana de autónomos, debemos distinguir entre los tipos de autónomo que existen en España.

De manera general, diferenciamos entre el autónomo que realiza su actividad por cuenta propia, y el societario, aquel que decide constituir una sociedad mercantil, y que ejerce como gerente, con o sin remuneración y que posee al menos el 25 % de las participaciones de la empresa.

Sabiendo esto último, hay que saber que cada tipología de autónomo paga una cuota diferente al mes, acogiéndose a la base de cotización mínima, a saber:

La tarifa plana es una bonificación que se ofrece al autónomo y le permite disfrutar de un período durante el cual paga una cuota reducida, en aras a fomentar el emprendimiento.

Este período abarca los dos o tres primeros años en función de si se cumplen una serie de requisitos.


Como norma general, esta tarifa plana consiste en el pago de una cuota única de 60 € durante los 12 primeros meses que se van incrementando en tramos a partir del mes 13.


 

La tarifa plana es una bonificación que se ofrece al autónomo y le permite disfrutar de un período durante el cual paga una cuota reducida, en aras a fomentar el emprendimiento.

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A continuación, mostramos la cotización de un trabajador autónomo durante los dos primeros años desde su alta.

60 € durante los primeros 12 meses.

143,10 € de los meses 13 al 18.

200,30 € de los meses 19 a 24.

Como vemos, estas bonificaciones suponen una disminución significativa con respecto a la cuota general, lo que propicia una mayor predisposición al emprendimiento, ya que el trabajador puede disfrutar como mínimo durante dos años de una cuota reducida, lo que implica menos gasto fijo a la hora de arrancar con su actividad.

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Este caso es especialmente interesante, ya que este grupo puede optar a una bonificación adicional que abarca del mes 25 al 36, que se calcula aplicando un 30% a la base de cotización por contingencias comunes.

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Requisitos tarifa plana autónomos

No obstante, para disfrutar de la tarifa plana es necesario cumplir algunos requisitos, lo que nos lleva a la siguiente pregunta: ¿puedo acogerme a la tarifa plana de la cuota de autónomos?

La Tesorería General de la Seguridad Social, establece mediante lo dispuesto en la Ley 20/2007 del 11 de Julio del Estatuto del Empleado Autónomo modificada por la Ley 6/2017, una serie de condiciones para poder solicitar la bonificación que aquí abordamos.


En primer lugar, la TGSS bonifica a todas aquellas personas que causen nueva alta, o que se den nuevamente de alta como autónomos y que no hubieran estado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) en los dos años inmediatamente anteriores a la nueva alta.


Si el interesado ya hubiera disfrutado de las bonificaciones habiendo estado dado de alta anteriormente, el período de espera para solicitarlas de nuevo será de tres años en vez de dos.

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Tarifa plana bonificación a jóvenes emprendedores

En segundo lugar, la bonificación destinada a trabajadores menores de 30 años, o mujeres mejores de 35 años que sean nuevos autónomos o que no hayan estado de alta en RETA en los dos años inmediatamente anteriores al nuevo alta.

Este caso es especialmente interesante, ya que este grupo puede optar a una bonificación adicional que abarca del mes 25 al 36, que se calcula aplicando un 30% a la base de cotización por contingencias comunes.

En resumidas cuentas, con el ejemplo que hemos visto antes, el trabajador autónomo pagaría durante un año más una cuota fija de 200,30 €.

Esta bonificación es la que se conoce popularmente como “bonificación a jóvenes emprendedores” ya que propicia a personas jóvenes y con ganas de emprender una oportunidad de arrancar su negocio con una cuota relativamente accesible y una disminución del gasto inicial mes a mes.

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Bonificación tarifa plana autónomos con grado de discapacidad

En tercer lugar, pueden bonificarse la cuota aquellos trabajadores por cuenta propia con un grado de discapacidad (inicial o adquirida) igual o superior al 33%, así como víctimas de violencia de género o de terrorismo.

Al igual que en los dos casos anteriores, siempre y cuando sean nuevos autónomos o no hayan estado de alta en RETA en los dos años anteriores.

Bonificación tarifa plana por residencia municipio menor de 5.000 habitantes

Como caso particular, abordaremos los autónomos que se den de alta y que residan y lleven a cabo su actividad en una localidad con menos de 5.000 habitantes, en base al padrón actualizado del municipio, siempre y cuando cumpla los siguientes requisitos:

  • Estar empadronado en el municipio en cuestión
  • Estar dado de alta en AEAT en el municipio.
  • Cumplir las dos condiciones anteriores durante los dos primeros años desde el alta en RETA.

Además, este trabajador gozará durante el segundo año de la misma bonificación de la que disfrutó en el primero, es decir, 60 € durante los dos primeros años de alta de la actividad.

Así pues, también podrá optar al tercer período de bonificación por “joven emprendedor” pagando una cuota mensual de 200,30 € al mes hasta la finalización de este período.

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Tarifa plana autónomos societarios

 

Uno de los puntos que más controversia generó en el pasado fue sin duda la aplicación de la tarifa plana para los autónomo societarios.

La tarifa plana, que tuvo una mejora muy importante en la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, como ya sabemos establece la posibilidad de tener una cuota reducida de autónomo de 60€.

Inicialmente, este beneficio no era de aplicación a los autónomos societarios, que son aquellos autónomos que van a ser administradores en la empresa que quieran constituir.


⇒⇒ Han sido necesarias tres sentencias del Tribunal Supremo para que la tarifa plana de autónomo también se aplique a aquellos llamados autónomos societarios. En concreto, las sentencias 1669/19, de 3 de diciembre de 2019, 286/2020 de 27 de febrero de 2020 y recientemente, la sentencia 315/2020, de 4 de marzo de 2020.


 

 

Por lo tanto, si quieres crear una empresa y vas a ser administrador o simplemente un socio trabajador autónomo, puedes solicitar la tarifa plana de autónomo.

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Finalmente, el Tribunal Supremo estableció que no se podía impedir la aplicación de los beneficios de cotización, tarifa plana, recogidos por el Estatuto del Trabajador autónomo a aquellos que sean socios de sociedades mercantiles.

Por lo tanto, si quieres crear una empresa y vas a ser administrador o simplemente un socio trabajador autónomo, puedes solicitar la tarifa plana de autónomo.

En este sentido, Autónomos Pymes Asesoría Online SLP analizamos cada caso y solicitamos, cuando es posible, la aplicación de la tarifa plana de autónomo en el mismo momento de la constitución de tu empresa SL, por lo que no tendrás que preocuparte por esto.

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Perdida bonificación tarifa plana autónomos

La TGSS contempla una serie de supuestos en los cuales se retiraría de manera inmediata el derecho a disfrutar de la tarifa plana de autónomo.

En primer lugar, cabe destacar que, si el interesado incumple alguno de los requisitos, o tuviese una deuda previa con la Administración, no se le concedería la tarifa plana y tendría que abonar desde el primer mes la cuota regular.

Además, se establecen una serie de penalizaciones en caso de impago de las cuotas de autónomo.

En caso de impago, el autónomo deberá abonar el importe de la cuota REGULAR más un recargo que llega hasta un 20% sobre esta cuota si el impago se demora más de tres meses.

Además, durante el período que haya una cuota no pagada, el autónomo deberá abonar la cuota regular con independencia de que las siga pagando.

Tras hacer frente a la deuda, la Seguridad Social volverá a conceder la bonificación de la cuota. No obstante, el trabajador habrá perdido la bonificación de los meses que tuvo deuda con TGSS, y no le será posible recuperarla.

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Alta autónomo tarifa plana

Has tomado la decisión de darte de alta como autónomo o de constituir una sociedad para emprender y desarrollar la actividad que deseas, pagando la cuota bonificada que otorga la tarifa plana de autónomos.

En Autónomos Pymes Asesoría Online, S.L.P llevamos más de 10 años constituyendo sociedades y facilitando a emprendedores su acceso y alta al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Nuestro aval son más de 2.500 empresas SL creadas, así como un cuantioso número de empresas y autónomos que día a día confían en nuestra gestión.

Mediante el proceso personalizado y único de la constitución de tu empresa y/o alta de autónomo, previa comprobación por nuestra parte de que cumples los requisitos para optar a la tarifa plana, solicitaremos junto con el alta que el autónomo pueda disfrutar de la tarifa plana.

Ponte en contacto con nosotros sin compromiso y te informamos.

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ULTIMAS RESEÑAS RECIBIDAS

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No puedo tener más que buenas palabras

19/05/2022

No puedo tener más que buenas palabras para esta gestoria y en especial para Yolanda que es la persona con la que he hablado en todo momento. Desde el momento 1 me ha asesorado en todo lo que concierne a abrir la nueva empresa aun sin haber ingresado un euro, una vez solucionadas mis dudas y habiéndole expresado que me corría mucha prisa el tema de abrir la empresa, desde que hice el ingreso en 3 días ya tengo la empresa creada e incluso el cif provisional… por mi parte solo puedo tener buenas palabras para ellos, recomendables sin duda alguna y gente muy profesional que te asesora en todo momento

Javier Ayala Vega

Respuesta de AUTONOMOS PYMES ASESORIA ONLINE

Muchas gracias por tu valoración Javier. Nos alegra mucho saber que, como asesoría especializada en crear empresas SL, estáis muy satisfechos con nuestro trabajo.

Ha sido todo perfecto y rápido

26/12/2024

Ha sido todo perfecto y rápido, la atención de Yolanda a sido espectacular y muy profesional, un 10

Daniel

Rapidez y seguridad

15/12/2024

Es sorprendente la rapidez de la tramitación que esta empresa conoce muy bien, con la gestión inigualable de Yolanda. Contesta rápido y con consejos que evitan errores o retrasos.

Guillermo M.

PROFESIONALIDAD

15/12/2024

Quiero dejar reflejado aquí , la experiencia tan satisfactoria que he tenido de trabajar con vosotros, Yolanda es una profesional increíble, te ayuda en todo lo necesario, la rapidez como indicáis en vuestra pagina es evidente y real, por supuesto seguiremos trabajando con vosotros, y además planteare a mis contactos si tienen la necesidad de cualquier gestión documental que acuda a vuestra empresa. Gracias. Yolanda una crack

julia

Excelente

14/12/2024

Desde el primer día , el compromiso de la empresa para solucionar mis dudas es excepcional.

Yolanda es una persona muy amable y con mucha paciencia, que solucionó todas mis dudas hasta concretar la documentación completa . Gracias por todo.

Juan Ramón Ramos

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