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La verdad es que es un asunto complejo, te doy toda la razón, pero es importante el tema, así que prepárate y vamos a por ello.

Si has llegado hasta aquí es porque eres emprendedor, autónomo o empresa y tienes un sitio web o un blog y te inquieta el asunto de las cookies, la política de privacidad, RGPD, o bien porque has recibido alguna notificación al respecto.

Si tienes un sitio web o pretendes tenerlo, lo más probable es que te suenen términos como RGPD, ley de cookies y política de privacidad.

Hoy en día, cumplir con las obligaciones legales referidas a la protección de datos es algo indispensable para cualquier web, y más en especial para todas aquellas que recogen datos personales o que utilizan cookies en su sitio.

Por supuesto, cuando hablamos de canales digitales, como blogs o sitios web, no solo debemos tener en cuenta la normativa de protección de datos, tanto RGPD como la LOPDGDD en estos momentos.

También debemos tener cuidado y cumplir con la Ley de Servicios de Sociedad de la Información y Comercio Electrónico.

Pero exactamente de qué estamos hablando, parece un tema muy complejo, pero si sigues leyendo verás que podemos ayudarte a cumplir con esos requisitos legales.

¿¿Hablamos de la Política de privacidad??

Hay cosas que debes evitar y tener mucho cuidado con no hacerlas. Por ejemplo, la Aceptación expresa de la Política de Privacidad.

Me refiero a las casillas premarcadas por defecto.

Lo mismo se te ha pasado la tentación por la cabeza para dejar la casilla marcada, total así ahorras tiempo a quien visita tu página.

Pues ni se te ocurra hacerlo ya que no es válido, el usuario es el que debe marcar la casilla para llevar a cabo esa “acción clara y afirmativa” que el RGPD establece como consentimiento válido.

Piénsalo unos segundos… ¿Acaso le va a costar mucho a una persona hacer clic en la casilla “Política de Privacidad”?

Si quien visita tu página tiene interés en contactar contigo o solicitar información créeme que marcará la casilla, rellenará los datos que le pides y si le urge mucho cogerá el teléfono para llamarte.

Y, también muy importante, tienes que obtener un consentimiento por cada finalidad para la que se recaban los datos.

⇒ ⇒ Es decir, que no vale eso de meter todo en la política de privacidad para que te autorice el usuario a todas las finalidades que se te puedan ocurrir.


Es un error bastante común, todavía hoy, incluir múltiples finalidades en la política de privacidad con la pretensión de que el usuario, al aceptar dicha política, dé plena validez a todas las acciones contempladas.


Es cierto que esto estaba permitido antes del 25 de mayo de 2018, cuando aún no era de aplicación el RGPD. Pero desde esa fecha tienes que pedir un consentimiento por cada una de las finalidades para las que vayas a utilizar los datos, para dar cumplimiento al principio de transparencia de la información.

Y, al mismo tiempo, que esos consentimientos sean completamente libres, al no verse “forzado” el usuario, como ocurría antes, a aceptar en el mismo “pack” varias finalidades cuando, quizá, lo único que quiere es contratarte un determinado servicio, sin otro objetivo.

Un ejemplo claro de esto último son las famosas suscripciones a newsletter.

Era habitual, y plenamente válido, como decimos, antes del RGPD incluir en la Política de Privacidad el consentimiento del usuario para recibir comunicaciones de carácter comercial.

Pues bien, ahora debemos solicitar de manera independiente autorización del interesado para la recepción de ese tipo de comunicaciones.

Por supuesto, y esto ya era obligatorio antes, dando siempre la opción de solicitar la baja en cada uno de los envíos que se realicen.

Y las cookies…no nos hemos olvidado de ellas…


Ahora no basta con informar de las cookies, además es necesario que el usuario acepte, que preste consentimiento.


 

¿consentimiento? Sí, como te digo, tiene que dar consentimiento expreso.

Tienes que asegurarte de que se lleve a cabo a través de una acción clara por parte del interesado.

Es frecuente aún ver páginas web en las que se utiliza la fórmula “Si usted continúa navegando entenderemos que acepta el uso de cookies”.

Bien, esto es una forma de consentimiento tácita que el RGPD tampoco admite, por lo que no es válido y es urgente modificarlo si en tu sitio web tienes algo similar.

Por el contrario, tienes que informar de la manera más completa posible sobre las cookies concretas que instala tu página, la clase de ellas, la finalidad o el plazo de conservación y, con ello, permitir al usuario aceptar o configurarlas.

En “configuración” es importante que estén por defecto deshabilitadas, tal y como decíamos anteriormente respecto de las casillas de aceptación de políticas de privacidad, y no habilitadas por defecto, para que sea el propio usuario el que, de nuevo, y se insiste en ello por su importancia, preste su consentimiento a través de una acción, y nunca de una “inacción”.


♥ A estas alturas, ya habrás leídos muchos tienes que, debes hacer, y similares, pero date un par de minutos más para leerte el AVISO LEGAL. ♥


 

Mmmm Okey, pero ¿también necesitas un aviso legal?


Necesitas un aviso legal sí o sí


 

Tu aviso legal tiene que reflejar todos los datos de contacto del propietario de la web, en especial cuando eres autónomo o empresa, desde:

  • Denominación social y CIF,
  • Dirección de contacto, tanto física como electrónica
  • E, incluso, en el caso de profesiones que exijan colegiación en un Colegio Profesional, número de colegiado del o los profesionales.

Vale, ya tienes aviso legal, pero si además vendes productos o servicios en tu web vas a necesitar algo más…Unas Condiciones generales de venta o de contratación. Esto es algo muy importante para emprendedores, autónomos y empresas.

Algo a lo que se da poca relevancia en muchos casos y que es tremendamente importante, ya que en este tipo de transacciones electrónicas a distancia es el contrato entre el prestador del servicio o proveedor de producto y el usuario consumidor final.

Vaya, dicho de otra forma, si no hay condiciones generales de venta o contratación, no tienes contrato que regule la venta.

Ahora imagínate que has vendido algo por tu web y el comprador quiere devolverlo. ¿Cómo te vas a apañar? Si no tienes un contrato aceptado y que regule por ejemplo esas cosillas del día a día.

Y los contratos, como sabemos, vinculan a las partes.

Por su importancia, se trata de un apartado que merece un artículo aparte con la extensión que merece su tratamiento.

En definitiva, no olvidemos que el usuario de una web, que al fin y al cabo no tiene delante al proveedor y, por tanto, puede tener ciertas dudas a la hora de llevar a cabo una compra o contratación o, simplemente, de dejar sus datos personales, necesita certezas.

Y esas certezas solo las puede encontrar en los textos legales, que deben recoger lo que contempla la normativa en cada momento.


Y lo más importante: no son válidos los famosos “copia-pega”.


La redacción de estos textos legales exige un estudio pormenorizado de la actividad y de muchos otros parámetros sobre la forma en la que funciona el negocio en cuestión, que nos van a exigir siempre, en todo caso, lo que se puede llamar “un traje a medida”. Ninguna empresa es igual que otra.

Lo más adecuado es que te dejes asesorar por auténticos profesionales en todo lo referente a este asunto.

 

¿HAS RECIBIDO UNA NOTIFICACION DE QUE TU SITIO WEB NO CUMPLE CON LA RGPD, LEY DE COOKIES, POLITICA DE PRIVACIDAD O SIMILAR?

Pues para eso estamos nosotros

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